Este año los empleadores tendrán hasta el 4 de julio para depositar la primera parte del Sueldo Anual Complementario. Pese a que el límite está pautado para el 30 de junio, existe una disposición nacional que da a los administrativos cuatro días hábiles extra de gracia para terminar de pagar el aguinaldo.
Confirman la fecha de pago del medio aguinaldo para los empleados estatales de TucumánLa segunda parte del SAC llegará en diciembre y los días extra de plazo también aplicarán entonces. Por lo pronto, el último día de este mes será un lunes y los cuatro días se cumplirán el viernes 4.
Los trabajadores deben saber que no es necesario que hayan cumplido un año en sus puestos de trabajo para cobrar el aguinaldo. En este sentido, quienes hubieren trabajado menos tiempo recibirán un pago proporcional al tiempo que lleven desempeñándose en su cargo en la empresa o institución en la que figuren inscritos actualmente.
¿Cuánto cobro de aguinaldo si trabajé menos de 12 meses?
Quienes no hayan cumplido un año desde la fecha de empleo, deberán calcular el aguinaldo de una manera diferente. Para hacerlo existen dos fórmulas que pueden arrojar el mismo resultado.
La primera consiste en verificar cuál fue el mejor sueldo de los últimos meses y dividir el monto a la mitad. Ese 50% se debe volver a dividir en seis y después multiplicar el resultado por los meses trabajados. El resultado indicará cuánto te corresponde por aguinaldo.
La segunda forma implica multiplicar los meses que trabajaste. También deberás tener en cuenta cuál fue tu mejor sueldo mensual y dividir el monto por la mitad. Entonces, multiplicarás los meses trabajados por la última cifra –el 50% del mejor sueldo–. El resultado se divide en seis partes nuevamente y esa será la suma que deberías cobrar.
Cuándo cobran el aguinaldo los beneficiarios de Anses
Con la suma de haberes, aumentos y beneficios extraordinarios, jubilados y pensionados percibirán los pagos de acuerdo con la terminación de su número de DNI. El diario La Nación detalló cuál es el calendario completo.
Jubilaciones y pensiones que no superen los haberes mínimos
- DNI terminados en 0: 9 de junio
- DNI terminados en 1: 10 de junio
- DNI terminados en 2: 11 de junio
- DNI terminados en 3: 12 de junio
- DNI terminados en 4: 13 de junio
- DNI terminados en 5: 17 de junio
- DNI terminados en 6: 18 de junio
- DNI terminados en 7: 18 de junio
- DNI terminados en 8: 19 de junio
- DNI terminados en 9: 23 de junio
Jubilaciones y pensiones que superen un haber mínimo
- DNI terminados en 0 y 1: 24 de junio
-DNI terminados en 2 y 3: 25 de junio
- DNI terminados en 4 y 5: 26 de junio
- DNI terminados en 6 y 7: 27 de junio
- DNI terminados en 8 y 9: 30 de junio
Pensiones No Contributivas
- DNI terminados en 0 y 1: 9 de junio
- DNI terminados en 2 y 3: 10 de junio
- DNI terminados en 4 y 5: 11 de junio
- DNI terminados en 6 y 7: 12 de junio
- DNI terminados en 8 y 9: 13 de junio